Nuestro país no escapa a las mayores exigencias sobre la preservación del medio ambiente, y estas se deben a la aparición de estrictas reglamentaciones respecto al tratamiento y la disposición de residuos peligrosos, y a la responsabilidad que le cabe al generador de dichos residuos debido a su obligación de darles tratamiento adecuado.

El art. 23 de la ley Nº 11.720 de Residuos Especiales de la provincia de Buenos Aires, determina que las baterías de plomo-ácido en desuso constituyen un residuo especial. Y todo aquel que, como resultado de cualquiera de sus actividades, genere este residuo, será considerado “generador de residuos especiales”, y deberá inscribirse como tal.

El art. 25 de la mencionada ley, reglamentada por el decreto 806/97, establece que los generadores de residuos especiales no podrán almacernarlos en su propio establecimiento por un período mayor a un (1) año, excepto que se cuente con una autorización específica con la debida justificación técnica y económica, que indique lugar, tiempo y forma de tratamiento.

Industrias Deriplom cuenta con el certificado de Operador de Residuos Especiales, que lo habilita a realizar el tratamiento y recuperaciĆ³n de baterías de plomo ácido en desuso y entregar a sus clientes los certificados de tratamiento y disposición del material tratado, con validez para ser exhibidos ante posibles inspecciones, en caso de que corresponda.